Política Nacional de Convivencia Educativa: Escuelas rurales multigrado

Invitamos a revisar y descargar la 📖Cartilla N°5: Convivencia educativa en escuelas rurales multigrado📖, un recurso orientador especialmente elaborado para las comunidades educativas rurales. Esta cartilla releva la convivencia educativa como un componente transversal del quehacer pedagógico e institucional, entregando reflexiones y orientaciones que contribuyen a fortalecer ambientes de aprendizaje inclusivos, participativos y basados en el buen trato, independientemente de la cantidad de estudiantes y personas adultas que integren la escuela.

Esta cartilla fue elaborada en coherencia con uno de los objetivos específicos de la Política Nacional de Convivencia Educativa (2024-2030):  “desarrollar contextos de aprendizaje basados en el cuidado y la inclusión, que fortalezcan el sentido de pertenencia a la comunidad educativa, reconociendo y considerando las particularidades de cada integrante de la comunidad, del entorno inmediato y del territorio”, y con el ámbito de Convivencia de la Política Nacional de Educación en Territorios Rurales (2025-2031), cuyo objetivo es “fortalecer los aprendizajes transversales y el carácter comunitario de los contextos rurales, promoviendo comunidades educativas inclusivas, democráticas y participativas donde se fomente la ciudadanía, el cuidado colectivo, el respeto a la diversidad, la equidad de género y el bienestar integral”.

La política sobre educación rural reconoce a las escuelas de estos contextos como espacios comunitarios, donde las relaciones interpersonales se construyen sobre la base del conocimiento mutuo y la colaboración. Esta cercanía favorece climas de convivencia positivos, especialmente en contextos de aulas multigrado, donde se generan dinámicas de apoyo entre estudiantes de distintas edades. No obstante, también reconoce desafíos emergentes, como el ingreso de nuevas tecnologías sin suficiente acompañamiento, el impacto de los procesos migratorios, las manifestaciones de violencia de género y diversas problemáticas de salud mental que afectan tanto a estudiantes como a equipos educativos. Estas situaciones demandan un abordaje integral de la cultura educativa y de la convivencia, incorporando dimensiones interculturales, socioemocionales y de cuidado, especialmente en territorios que enfrentan mayores brechas de acceso a servicios y oportunidades.

Lo anterior releva la necesidad de fortalecer la coordinación, eficacia y eficiencia en la actuación de los servicios e instituciones públicas vinculadas al sistema educativo, en concordancia con los distintos ámbitos contemplados en la Política Nacional de Convivencia Educativa. En este sentido, la Ley General de Educación establece que el ejercicio de estas funciones y atribuciones deberá considerar criterios de equidad territorial, por lo que podrá priorizarse el apoyo a establecimientos rurales de difícil acceso o con alta concentración de estudiantes prioritarios.

Además, en su artículo 15, esta ley establece una norma fundamental para la gestión de la convivencia en los establecimientos rurales, pues los exceptúa de las obligaciones de constituir un equipo de convivencia educativa y de contar con una coordinación de convivencia de jornada completa y dedicación exclusiva. De esta forma, se reconocen las restricciones de escala y recursos propias de estos contextos, flexibilizando la estructura institucional requerida. Sin embargo, las escuelas rurales deben desarrollar acciones de convivencia educativa y, al menos, designar un/a profesional para coordinar esta función de manera pertinente.