El Microcentro

Según el Decreto N°1107, de 2021, el Microcentro es “el espacio de trabajo técnico-pedagógico, de carácter presencial, semipresencial o a distancia que realizan los docentes de las escuelas rurales multigrado de un territorio geográfico cercano, destinado al intercambio de experiencias, a la reflexión de sus prácticas docentes, a la participación colaborativa, con el propósito de mejorar sus habilidades para enseñar, lograr los aprendizajes esperados de sus estudiantes y organizar estrategias de enseñanza y aprendizaje que llevan a cabo en sus aulas”.

El Decreto N° 1107, de 2021, derogó los decretos exentos N° 968, de 2012,  y N° 477, de 1995.

En su artículo segundo, el Decreto N° 1107, de 2021, indica lo siguiente:

     Los profesores de las escuelas rurales multigrado participarán en las reuniones y/o actividades de microcentros por tiempos equivalentes a la suma de las dos horas semanales de reunión técnica de los establecimientos educacionales con dotación completa de profesores por curso, es decir, una jornada de hasta 8 horas pedagógicas mensuales.
     Dichas reuniones podrán ser distribuidas con la frecuencia y duración que cada microcentro acuerde. Asimismo, con respecto a la modalidad de funcionamiento, se podrán realizar de manera presencial, semipresencial o a través de medios electrónicos, según los objetivos que se definan y los requerimientos que desde el Ministerio de Educación se establezcan, a través de la División de Educación General.

 

Cada año, al inicio del periodo escolar, el microcentro “deberá presentar al Departamento Provincial de Educación o al Servicio Local de Educación Pública, la programación anual de las reuniones, especificando modalidad, objetivos del trabajo a desarrollar y objetivos para cada una de ellas” (Art. 3).